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dc.rights.licenseAttribution 4.0 International (CC BY 4.0) * Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
dc.contributor.authorBenítez Vásquez, Betty Beatriz
dc.contributor.authorMiranda Padilla, Mónica Patricia
dc.coverage.spatialCartagena de Indias D. T. y C. (Bolívar)
dc.date.accessioned2023-09-28T19:31:07Z
dc.date.available2023-09-28T19:31:07Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.unisinucartagena.edu.co:8080/xmlui/handle/123456789/1015
dc.descriptionAnalizar las diferentes formas en que la inobservancia al principio de planeación, contribuye a la ineficacia en la ejecución de los contratos estatales.es
dc.description.abstractEl siguiente trabajo disertará sobre la aplicación y el alcance del principio de planeación enmarcado dentro de los cimientos de los procesos de contratación estatal, del que se desprende el buen desarrollo de productos y servicios, con miras de cumplir con los fines del Estado, como lo establece la carta magna en su artículo segundo. Por dicha razón el principio de la planeación se encuentra implícito en todas las etapas del transcurso de la contratación: etapa precontractual, contractual y ejecución del mismo. Cabe señalar que la contratación pública se enfrenta a retos todos los días, puesto que, con el desarrollo de la contratación, se asumen riesgos, los cuales derivan en problemas en la ejecución de la contratación, que son un efecto directo de una mala planeación; lo cual tiene como efecto el detrimento del erario público, además del no cumplimiento de los fines del Estado. De la situación anterior, se desprende que tanto contratantes, como contratista y demás intervinientes en el proceso de contratación, han limitado el principio de planeación en la etapa pre-contractual del proceso, específicamente a los estudios previos, descuidando de esta manera su aplicación en las otras etapas del mismo. Además, para que exista una planeación optima en la contratación pública, se debe tener discernimiento real y firme de la necesidad o servicio que se va a satisfacer. En este trabajo de investigación se conceptualizó sobre el principio de planeación dentro del proceso de contratación estatal colombiano, desde la óptica constitucional, jurisprudencial y doctrinal, para establecer los efectos generados de la transgresión, de acuerdo a la estructuración del principio de planeación del contrato estatal, desbocando en un contrato ineficaz, donde la tesis desarrollada por la jurisprudencia se establece la declaratoria de nulidad de dicho contrato por objeto ilícito, tesis desarrollada por el Concejo del Estado y que no ha sido pacifica puesto que tiene su detractores. Palabras claves: contrato estatal, ejecución, ineficacia, inobservancia, Principio de planeación.es
dc.formatAplicattion/PDF
dc.format.extent46 páginas
dc.language.isoeses
dc.publisherUniversidad del Sinú, seccional Cartagenaes
dc.rightsEl autor, manifiesta que la obra objeto de la presenta autorización es original y la realizo sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto, la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARAGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, el autor, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad del Sinu, seccional Cartagena actúa como un tercero de buena fe. El autor, autoriza a la Universidad del Sinu, seccional Cartagena, para que los términos establecidos en la Ley 1581 de 2012 en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y toda normal sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. EL autor declara y autoriza lo dispuesto en el Articulo 10 del Decreto 1377 de 2013 a proceder con el tratamiento de los datos personales para fines académicos, históricos, estadísticos y administrativos de la Universidad del Sinu, seccional Cartagena. De conformidad con lo establecido, aclaramos que “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables.
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
dc.subjectContrato estatales
dc.subjectEjecuciónes
dc.subjectIneficaciaes
dc.subjectInobservanciaes
dc.subjectPrincipio de planeaciónes
dc.titleInobservancia del Principio de Planeación, Como Causa de Ineficacia en la Ejecución de los Contratos Estatales.es
dc.typeThesises
Aparece en las colecciones: Especialización en Contratación Estatal



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