Resumen:
El artículo pretende realizar una verificación del cumplimiento de la Ley 1805 de 2016
en todas las instituciones del orden nacional y a nivel del distrito de Cartagena, Bolívar; y
constatar cuál ha sido el real cumplimiento de esta ley en lo referente al trasplante y/o
extracción tejidos o de órganos. Muy a pesar de los ingentes esfuerzos que la nación ha
adelantado, a través de la emisión de normas que propendan por facilitar la consecución de
suficientes órganos y componentes anatómicos, para ser trasplantados a esos millares de
personas que permanecen en listas de espera. El panorama en la ciudad de Cartagena es
desalentador, se evidencia una muy pobre adherencia y obediencia de dicha normatividad, no solo por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios, sino también por parte del
Departamento Administrativo Distrital de Salud de Cartagena – DADIS, y demás
instituciones del orden nacional.
Se destaca entonces que, la verificación del cumplimiento de la Ley 1805 de 2016 en
la ciudad de Cartagena, es muy desfavorable a los intereses de las personas que se encuentran
por largos años en listas de espera de donantes. Es poco o nulo el cumplimiento de la norma,
se considerarán fallidas todas las acciones que propendan por garantizar la consecución de
órganos, tejidos o componentes anatómicos si no se cumplen con dos condiciones
fundamentales la primera, humanización de los actores involucrados en la red de donantes y,
la segunda; medidas coercitivas para velar por el cabal cumplimiento de esta Ley y se pueda
cumplir con el gran cometido social por la cual fue emitida.