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Conflicto Constitucional: Corrida de toros VS Cultura

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dc.rights.license Attribution 4.0 International (CC BY 4.0) * Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
dc.contributor.author Mosquera Florez, Harold David
dc.coverage.spatial Cartagena de Indias D. T. y C. (Bolívar)
dc.date.accessioned 2021-09-23T16:30:44Z
dc.date.available 2021-09-23T16:30:44Z
dc.date.issued 2019-11-27
dc.identifier.uri http://repositorio.unisinucartagena.edu.co:8080/xmlui/handle/123456789/220
dc.description.abstract Desde épocas muy remotas, el ser humano ha utilizado a los animales para su entretenimiento, celebrando con ellos grandes eventos que eran considerados de gran valor cultural para la época. Uno de los referentes que se pueden traer a colación, eran las festividades romanas que se llevaban a cabo en el coliseo romano, pues este anfiteatro de gran envergadura fue el escenario de sangrientos combates que implicaban el uso de animales para el disfrute de los espectadores. Esos eventos, estaban cargados de agresiones fuertes en contra de los animales, pues al respecto menciona Auguet (1970) que, durante estas peleas libradas en el coliseo romano, apenas se cerraba el portón por el cual salían los animales, estos se asustaban queriendo huir, pero al no conseguirlo, buscaban refugio en algún rincón de la reja donde se sentían más seguros, momento en el cual debían intervenir varias personas con antorchas hechas de paja para obligarlos a entrar en combate, terminando este acto, en la mayoría de las veces, con la muerte del animal. Estas prácticas que usan animales para el entretenimiento de la población, han sobrevivido hasta nuestros días, las cuales, si bien son muy diferentes a las de la época de la antigua Roma, pues ya no se utilizan a los animales para luchar contra gladiadores, también implican un trato degradante y cruel en perjuicio de los animales. Dentro de estas nuevas utilizaciones de animales para el disfrute del público, que como bien se sabe, es una de las herencias que dejó a Colombia la cultura española, se encuentran las corridas de toros, las cuales, a pesar de ser muy comunes en la actualidad, tuvieron sus orígenes formales muchos años atrás, pues, desde un punto de vista regulatorio, en Granada, España, esta práctica se autorizó a través de la “(...) real cédula de 19 de febrero de 1739, del permiso anual para celebrar “dos festejos de toros de vara larga”, en un lugar extramuros de la ciudad (...)”. (Arias, 1986, p. 19). Pero, en el caso de nuestro país, podría decirse que esta práctica llegó a territorio colombiano en época de la conquista, más precisamente durante la primera mitad del siglo XVI, en donde se tiene referencia de alrededor de seis corridas oficiales de gran suntuosidad, todas realizadas para celebrar la llegada a suelo americano de las primeras autoridades de la Corona española. (Rodríguez, s.f., p. 1). Si bien estas prácticas datan de muchos años atrás y a pesar de ser una evidente muestra de crueldad animal, en la actualidad, se siguen realizando con bastante frecuencia en varios municipios de Colombia y en ciudades capitales importantes, ya no para festejar a grandes dignatarios, sino que, con el paso de los años, se han convertido en tradición importante para las festividades culturales de estos territorios que históricamente han enraizado estas prácticas taurinas. Sin embargo, estas costumbres culturales actualmente se ven conflictuadas por el surgimiento de grandes movimientos que han buscado el establecimiento de normas que restrinjan prácticas que impliquen algún maltrato para los animales, dentro de las que se encuadran perfectamente las corridas de toros. En Colombia, por ejemplo, estos movimientos animalistas conllevaron a que se profiriera la Ley 1774 de 2016, con la cual se buscó reconocer ciertos derechos a favor de la protección de los animales y sancionar las conductas crueles en contra de los mismos. Esta norma tiene como objetivo fundamental, según lo planteado en el artículo primero, concebir que: Los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial. (Ley 1774, 2016). El anterior contexto normativo, plantea en algunos municipios de Colombia, un choque directo con prácticas como las corridas de toros, que bien podrían encapsularse dentro de las culturalmente aceptadas, pues mientras la Ley las restringe, la costumbre y la realidad en estos territorios donde son realizadas, es totalmente diferente, pues tal como lo menciona Sevilla (2018), en Colombia, las corridas de toros gozan de cierto reconocimiento oficial en ciudades importantes como Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín, en donde esta práctica hace parte de la lista de los bienes de interés cultural (BIC). es
dc.format aplicattion/PDF
dc.format.extent 15 Páginas
dc.language.iso es es
dc.publisher Universidad del Sinú, seccional Cartagena es
dc.rights El autor, manifiesta que la obra objeto de la presenta autorización es original y la realizo sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto, la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARAGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, el autor, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad del Sinu, seccional Cartagena actúa como un tercero de buena fe. El autor, autoriza a la Universidad del Sinu, seccional Cartagena, para que los términos establecidos en la Ley 1581 de 2012 en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y toda normal sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. EL autor declara y autoriza lo dispuesto en el Articulo 10 del Decreto 1377 de 2013 a proceder con el tratamiento de los datos personales para fines académicos, históricos, estadísticos y administrativos de la Universidad del Sinu, seccional Cartagena. De conformidad con lo establecido, aclaramos que “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables.
dc.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
dc.subject Derecho es
dc.title Conflicto Constitucional: Corrida de toros VS Cultura es
dc.type Thesis es


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Attribution 4.0 International (CC BY 4.0) * Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO) Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como Attribution 4.0 International (CC BY 4.0) * Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)

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